Reglamento Torneos Liga
Por medio de la cual se aprueba el reglamento de los torneos en la Liga de fútbol de salón de Nariño
El comité ejecutivo de la Liga de fútbol de salón de Nariño, en uso de sus atribuciones legales, y:
CONSIDERANDO
A) Que es deber de la Liga reglamentar todas las actividades deportivas.
B) Que la comisión técnica será la encargada de regular los torneos organizados por la Liga.
C) Que la Liga de fútbol de salón de Nariño, pretende consolidar su liderazgo y adecuar los reglamentos a las condiciones cambiantes del medio.
D) Que la Liga de Nariño tomará como base las reglamentaciones establecidas por la asociación mundial de éste deporte y acogidas por la Federación Colombiana.
RESUELVE
Expedir el siguiente reglamento para los campeonatos oficiales organizados, asesorados y dirigidos por la Liga, en las distintas categorías, así:
CAPITULO I
DE LA ORGANIZACION Y DIRECCION
ARTICULO 1
Los torneos de fútbol de salón en el ámbito municipal y departamental, estarán asesorados y/o supervisados por la comisión técnica de la Liga.
ARTICULO 2 Los torneos se jugarán conforme a las reglas establecidas por la asociación mundial de fútbol de salón y acogidas por la Federación Colombiana de éste deporte, salvo lo estipulado por éste reglamento.
Corresponde a la comisión técnica avalar y asesorar los reglamentos de los torneos organizados, afiliados y/o asesorados por la Liga, como también dar solución a todos los actos de tipo técnico que se presenten en los campeonatos.
ARTICULO 4
Corresponde al tribunal disciplinario de los torneos de la Liga, resolver los actos de indisciplina que se presenten y actuarán de acuerdo con el código de sanciones de la Liga, que será el mismo de la Federación Colombiana de Fútbol de Salón.
PARAGRAFO
El tribunal deportivo elegido por asamblea de clubes será la última instancia en todos los casos.
CAPITULO III
DE LAS INSCRIPCIONES
ARTICULO 5
Todo club, equipo o ente municipal del deporte que desee participar en los torneos oficiales de la Liga, deberá presentar ante la secretaría de la misma, la planilla de inscripción totalmente diligenciada por cada uno de los jugadores inscritos, incluyendo miembros del cuerpo técnico y directivos, acompañada de fotografía reciente y fotocopia ampliada del documento de identidad de cada uno de los que figuran en la planilla.
PARAGRAFO
Cada club o equipo debe diligenciar la ficha única nacional para cada deportista y esta será enviada a la federación.
ARTICULO 6
Los directivos y entrenadores de clubes, equipos o entes municipales de deporte, serán los responsables de certificar la veracidad de los detalles requeridos en la planilla de inscripción; cualquier error, será responsabilidad de los mismos.
PARAGRAFO
Si un jugador con inscripción irregular y es menor de edad, se sancionara retirándolo del torneo en el cual actúa y el entrenador se sancionara con un año calendario
ARTICULO 7
Él número de jugadores inscritos en la planilla de cada categoría, podrá ser de 15 jugadores como máximo y como mínimo 12 deportistas.
ARTICULO 8
Los jugadores registrados serán de libre nacionalidad
ARTICULO 9
La Liga expedirá un carne único tanto para sus torneos oficiales, como para aquellos de Clubes afiliados o asesorados.
ARTICULO 10
La Liga creara el escalafón departamental para sus entrenadores afiliados y expedirá un carné único departamental que será exigido por las autoridades de Juzgamiento.
ARTICULO 11
Todo cambio en el órgano de administración de un club, debe ser comunicado oportunamente a la Liga.
Los que dependen directamente de empresas o centros docentes, son de libre remoción por parte de las directivas de estos.
PARÁGRAFO
Solamente el presidente de un club afiliado a la Liga, podrá tomar decisiones en torno al mismo y estas serán las que acate el comité ejecutivo de la Liga el presidente podrá delegar funciones especificas por medio de autorización escrita
CAPITULO IV
LAS INSCRIPCIONES DE JUGADORES
ARTICULO 12
Las inscripciones de los jugadores son los trámites que cumplen los clubes o equipos para vincular a la Liga sus deportistas, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:
12-1. Paz y salvo del club o equipo de procedencia y paz y salvo de la Liga.
12-2. Adjuntar la transferencia del club anterior.
12-3. Certificar su edad por medio de registro civil, tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía (fotocopia ampliada).
12-4. Adjuntar fotografía reciente.
ARTICULO 13
Todo jugador queda legalmente inscrito una vez firme con su club o equipo y juegue el primer partido.
PARAGRAFO I
El jugador que firme y juegue para más de un club o equipo para el mismo torneo, será suspendido por espacio de un año deportivo y no se permitirá su participación en ninguna de los Torneos oficiales de la Liga; igualmente, no será tenido en cuenta para integrar la Selección Nariño.
PARAGRAFO II
En el caso en que se presente esta situación, el equipo diferente al que pertenece el jugador perderá los puntos obtenido en los partidos en que actúo el jugador cuestionado.
PARAGRAFO III
En ningún caso el Entrenador del Equipo afectado con la perdida de los puntos por la inscripción irregularidad de un jugador podrá alegar desconocimiento de la irregularidad y era sancionado con la expulsión del torneo en el que esta participando.
PARAGRAFO IV
El comité Ejecutivo de la Liga, la Comisión Técnica Departamental y el tribunal disciplinario de los Torneos podrán actuar de hecho en el momento de descubrir una anomalía de este tipo. No se requiere demanda alguna.
ARTICULO 14
La planilla de inscripción debe contener todos los datos exigidos en la misma; la Liga, no aceptará las que lleguen incompletas en su contenido. Tampoco permitirá las firmas de los jugadores que no tengan la documentación requerida.
PARÁGRAFO
La Liga podrá dar cuenta de todas las adulteraciones que se presenten en los documentos públicos a las autoridades pertinentes, de acuerdo con el código disciplinario expedido por la Federación Colombiana y acogido por la Liga.
ARTICULO 15
Durante el transcurso del torneo y una vez cerradas las inscripciones, solo se podrán reemplazar jugadores por las siguientes causas
15-1- Se aceptarán las variantes que se realicen hasta la fecha que aparece en la convocatoria como cierre definitivo de planillas.
15-2- Incapacidad médica debidamente comprobada.
15-3- Por muerte
15-4- Servicio militar obligatorio
15-5- Cambio de domicilio comprobado fuera del departamento o a un municipio fuera del área metropolitana.
PARÁGRAFO 1
Si un club o equipo no registra los 15 jugadores en la planilla de inscripción a la fecha fijada en la convocatoria, solo podrá llenar los cupos faltantes, hasta la tercera fecha del torneo.
PARAGRAFO 2
Toda la documentación suministrada por los clubes o equipos al momento de la inscripción, será revisada por la comisión técnica y solo hasta que sea aprobada por ésta, sé dará por inscrito el club o equipo
ARTICULO 16
Los jugadores solo podrán cambiar de club o equipo durante el transcurso del torneo.
16-1. Cuando no se hayan iniciado por torneos
16-2. Cuando las directivas del club o equipo cancelen la respectiva participación y no pese sobre los jugadores sanción disciplinaria alguna
16-3. Cuando ocurra la expulsión de un club o equipo y los deportistas no estén comprometidos en los hechos que motivan la expulsión
16-4. En todos los casos los cambios se aceptan siempre y cuando se realicen dentro de las fechas estipuladas en el reglamento.
PARAGRAFO
Si un Club o equipo cancela su participación en un torneo y si tiene deudas con la Liga, los deportistas que deseen pasar a otro club o equipo deben cancelar la cuota que les corresponda.
CAPITULO V
TRANSFERENCIAS
ARTICULO 17
Solamente los clubes afiliados a la Liga y con reconocimiento deportivo expedido por el instituto de recreación y deportes de los municipios sede del club, podrán ser dueños de pases deportivos. La liga no reconocerá la propiedad de los pases a otras personas (naturales o jurídicas), no importando su origen.
ARTICULO 18
La transferencia de un jugador, sé hará por convenio entre los clubes interesados
El club de origen debe expedir una carta de transferencia firmada por el presidente del club y será válida una vez sea refrendada por la Liga.
PARAGRAFO
Si el deportista es mayor de edad se respetara el concepto del Club al que pertenece.
ARTICULO 19
La Liga podrá suspender la transferencia de los jugadores que conforman sus seleccionados, desde 90 días antes de la participación en el Campeonato Nacional y hasta la terminación del mismo.
ARTICULO 20
Ningún jugador podrá ser transferido de un club o equipo a otro, hasta tanto no se haya terminado el respectivo torneo
ARTICULO 21
Ningún jugador podrá descender de categoría, salvo que sea transferido a un club que no tenga equipo en la categoría en que venia actuando.
ARTICULO 22
En casos especiales, la Comisión Técnica de la Liga, podrá tomar determinaciones con transferencia de jugadores por falta de entendimiento entre clubes.
CAPITULO VI
CONTRATO DE PRESTAMO
ARTICULO 23
Por ser la Liga una entidad aficionada no se hace garante de los compromisos económicos de cualquier índole, entre clubes, jugadores y equipos.
PARAGRAFO
El contrato de préstamo debe renovarse para cada año deportivo.
CAPITULO VII
LIBERTAD DE LOS JUGADORES
ARTICULO 24
El jugador que por razón de su edad, no pueda ser incluido por su club de origen en ninguna de las categorías de la Liga, tendrá derecho a su libertad y podrá ser inscrito por otro club o equipo.
ARTICULO 25
El jugador que no sea inscrito por un club para competir en los torneos organizados por la Liga en un año calendario, sin que pese sobre él sanción, quedará en libertad para ser inscrito por otro club o equipo.
ARTICULO 26
Para que un jugador pueda actuar para otro club o equipo en partidos en el departamento de Nariño o en otras ciudades del país, es requisito indispensable la autorización escrita del presidente del club o equipo que lo tiene registrado y el visto bueno de la Liga.
CAPITULO VIII
CATEGORÍAS Y EDADES
ARTICULO 27
Sé establecen las siguientes categorías y edades, para los diferentes torneos
27-1. Pre Infantil, edad, menor de 12 años
27-2. Infantil, edad, menor de 14 años
27-3. Junior, edad, menor de 16 años
27-4. Juvenil, edad, menor de 18 años
27-5. Ascenso, edad, menor de 21 años
27-6. Primera, edad libre
27-7. Empresarial, edad libre y no pueden participar en ninguna otra categoría de la Liga
27-8. Senior master, edad, mayores de 36 años
27-9. Femenina, edad libre
PARÁGRAFO
Se entiende como edad de competencia la cumplida entre el primero de enero y el 31 de diciembre.
CAPITULO IX
CAMPEONATOS, REQUISITOS Y FECHAS
ARTICULO 28
Los campeonatos estarán clasificados en: campeonatos dirigidos, afiliados y asesorados por la Liga.
ARTICULO 29
Los campeonatos dirigidos por la Liga, son aquellos en los cuales la organización y control depende directamente de la Liga.
PARAGRAFO
Cada campeonato deberá llevar un reglamento específico divulgado paralelamente con la convocatoria motivada y de ser posible contener el sistema de juego, acompañado de las generalidades necesarias para la buena marcha del mismo.
La variación de los sistemas de juego, dependerá del número de equipos participantes
ARTICULO 30
Los torneos afiliados son aquellos que organizan internamente los clubes, municipios, corporaciones, comités o filiales y que gozan del aval y/o asesoría de la Liga
ARTICULO 31
Para que un torneo sea afiliado a la Liga, es indispensable que cumpla con los siguientes requisitos:
31-1. Solicitar por escrito la afiliación del torneo, al inicio del año calendario.
31-2. Enviar copia del reglamento del torneo, que debe ser acorde con la reglamentación de la Liga.
31-3. Enviar fotocopia de las planillas de inscripción de los equipos participantes.
31-4. Someter el torneo al juzgamiento por parte de la Comisión Arbitral de la Liga.
31-5. Todo torneo afiliado debe tener la respectiva aprobación de la Liga antes de su inicio.
ARTICULO 32
Los torneos asesorados son aquellos que realizan Clubes, Empresas o entidades particulares internamente para sus empleados o asociados prestándole la Liga una asesoría global. Será potestativo de la Liga, facilitar sus escenarios.
CAPITULO X
SISTEMA DE JUEGO Y CLASIFICACION
ARTICULO 33
El sistema de juego se elaborará de acuerdo al número de clubes y equipos participantes en cada categoría y será obligatorio para la organización, entregar por escrito todas las especificaciones antes de iniciar el campeonato
ARTICULO 34
La duración de cada partido será de 2 tiempos de 20 minutos cada uno por 10 minutos de descanso
PARAGRAFO
En los partidos de semifinal y final, se jugaran los últimos 5 minutos con cronometro detenido en todas las categorías.
ARTICULO 35
Para definir la clasificación en caso de empate en puntos entre 2 o más equipos, se tomara como oficial, los siguientes ítem.
35-1. Prevalecerá el ganador del enfrentamiento entre sí
35-2. Mayor número de partidos ganados
35-3. Mejor gol diferencia
35-4. Juego limpio
35-5. Mayor numero de goles a favor
35-6. Menor numero de goles en contra
35-7. Gol average de los equipos empatados, considerando los resultados obtenidos (gf dividido gg)
35-8. Sorteo
PARAGRAFO
El juego limpio se califica. Tarjeta amarilla (3), descalificación (6), tarjeta roja (12), perdida de partido por falta de balón o carnes (6) y perdida de partido por w.0 (20) puntos.
El club o equipo que menos puntos tenga, será el campeón de juego limpio.
ARTICULO 36
En caso de que el reglamento especifico de un torneo estipule que el empate en puntos se debe resolver jugando un partido extra, éste se determinará, así
36-1- Se jugarán dos tiempos de 20 minutos cada uno y 10 minutos de descanso.
36-2- Si al concluir el encuentro, el marcador señala un empate, se cobrarán tres tiros desde el punto penal para cada equipo (cobros intercalados).
36-3- Si al término de éstos persiste el empate, se efectuarán lanzamiento y lanzamiento hasta lograr el desempate
ARTICULO 37
La puntuación que se otorgará al finalizar cada partido, será la siguiente:
Ganador: 2 puntos
Empate: 1 punto
Perdedor: 0 puntos
CAPITULO XI
DEMANDAS, REPOSICIONES Y APELACIONES
ARTICULO 38
Todo reclamo o demanda debe tramitarse por escrito ante la comisión técnica o comisión disciplinaria de la Liga, con el cumplimiento de las siguientes condiciones
38-1. Que sea dentro de las 48 horas hábiles siguientes al surgimiento del impase.
38-2. Cancelando previamente el valor determinado por la Liga para presentar una demanda. (Veinte mil pesos $20.000).
38-3. La demanda deberá ser presentada por quien figure en la planilla de inscripción como responsable principal del club o equipo.
38-4. Adjuntar las pruebas correspondientes que sustenten la demanda.
PARAGRAFO
Si se falla a favor del demandante, se reintegrará el valor pagado al presentar la demanda
ARTICULO 39
Los casos sobre apreciaciones técnicas de los árbitros en la dirección de un partido, no son demandables ni compete en sus decisiones a la comisión técnica departamental
ARTICULO 40
Toda sanción tiene el derecho a los recursos de reposición y apelación ante la Comisión Disciplinaria de la Liga, la cual se deberá realizar dentro de los tres días siguientes a la notificación.
CAPITULO XII
DISPOSICIONES DISCIPLINARIAS
ARTICULO 41
Ningún dirigente, entrenador, jugador, preparador físico, arbitro etc. Debida y legalmente acreditado, no pierde su calidad de tal para efectos disciplinarios y no podrá alegar condición de simple espectador
ARTICULO 42
Las personas consideradas en él articulo anterior, que estando sancionadas, violen de nuevo el reglamento disciplinario, serán merecedoras a una sanción que doble la normal para estos casos
ARTICULO 43
Toda expulsión de jugador o miembro de cuerpo técnico dará automáticamente una (1) fecha de sanción.
PARAGRAFO I
Dos descalificaciones o tres tarjetas amarillas acumuladas, ocasionan una sanción de una fecha de suspensión.
PARAGRAFO II
Las tarjetas acumuladas pueden ser consecutivas o alternas.
PARAGRAFO III
El juego brusco y mal intencionado que sea reportado en el informe arbitral, puede arrojar como sanción, la suspensión del implicado, así solo se le haya descalificado.
ARTICULO 44
El recurso de reposición procede contra cualquier sanción, incluso en el caso de que se haya cumplido, para efecto de retirarla del registro estadístico.
ARTICULO 45
Equipo que pierda dos partidos por W.0 (consecutivos o alternos), quedará automáticamente retirado del torneo y sus deportistas e integrante del cuerpo técnico, no podrán actuar con ningún otro equipo o club en el mismo torneo
ARTICULO 46
Todo club o equipo que sea retirado por W.0 y en el siguiente torneo ‘pretenda participar, será sometida su solicitud a estudio por parte de la comisión técnica y será esta quien decida su participación
PARAGRAFO
En caso de que un equipo pierda por W.0, pero se presenten al terreno de juego algunos de sus jugadores, los jueces obligatoriamente deberán registrarlos en la planilla de juego, para evitar posibles sanciones
ARTICULO 47
Cuando en cualquier tiempo se demuestre de manera inequívoca que el hecho motivo de la sanción no existió o no fue cometido por la persona sancionada, el tribunal podrá por medio de resolución motivada levantar la sanción y ordenar se elimine de la hoja de vida
ARTICULO 48
Todo jugador, Entrenador o Dirigente sancionado deberá cumplir la sanción impuesta, en el equipo que se encuentre registrado
ARTICULO 49
Toda sanción que no se alcance a cumplir dentro del campeonato oficial, sé cumplirá o se terminara de cumplir, en el campeonato siguiente, aunque sé este registrado en un equipo diferente a aquel en cual fue sancionado
ARTICULO 50
Si el jugador que estando sancionado actúa su equipo perderá los puntos que hubiese ganado. Se le suprimirán los goles marcados y el equipo contrario ganará con un marcador de 3*0
PARAGRAFO
El jugador infractor será sancionado con el doble de las fechas aplicadas en primera instancia.
ARTICULO 51
El jugador que se encuentre sancionado, no podrá ser dado de baja, ni transferido del mismo campeonato si no cuando haya cumplido la totalidad de la sanción.
ARTÌCULO 52
Ningún dirigente podrá actuar como tal, ni ser inscrito como jugador, entrenador, preparador físico, ni árbitro mientras se encuentre sancionado.
ARTICULO 53
En los campeonatos y torneos organizados y dirigidos por clubes, municipios, corporaciones, comités, internamente tendrán su propio tribunal disciplinario. El tribunal de la Liga servirá como segunda instancia, siempre y cuando la organización del torneo, haya tramitado el aval de la Liga.
ARTICULO 54
El código de sanciones de la Liga, que será el mismo de la Federación Colombiana, es aplicable a jugadores, personal técnico y auxiliar, que actúe en la Liga de fútbol de salón de Nariño.
PARAGRAFO
Los W.0 no son computables para el cumplimiento de sanciones
CAPITULO XIII
GENERALIDADES
ARTICULO 55
Al inscribirse en la Liga para sus programas oficiales, todo club o equipo acepta de ante mano los días, horarios y escenarios, que designe la Liga para su programación.
ARTICULO 56
Es requisito indispensable que antes de la iniciación de un partido, todos los jugadores e integrantes del cuerpo técnico, presenten el respectivo carné deportivo en forma individual. El incumplimiento a esta norma tendrá las siguientes sanciones:
56-1. Perdida de los puntos a favor de su contendor con un marcador de 1*0
56-2. Si ambos equipos incumplen esta norma, perderán ambos los dos puntos con marcador de 1*0 y así se registrará en la tabla de posiciones.
PARAGRAFO
En caso de que el Cuerpo Técnico de un equipo inscriba en la planilla de juego deportistas que no estén presentes, éstos una vez lleguen al terreno de juego, se deben reportar a la mesa de control.
ARTICULO 57
La programación de los partidos oficiales de la Liga, será dada a conocer a más tardar el día miércoles de cada semana a las 2:00 p.m. Y entrara en vigencia inmediatamente sea fijada en un lugar de libre acceso para los interesados. (cartelera oficial de la Liga en el coliseo Sergio Antonio Ruano)
PARAGRAFO
La liga no se hace responsable de las informaciones sobre la programación que sean suministradas, telefónicamente, vía fax o correo electrónico.
ARTICULO 58
No se aplazarán partidos una vez fijada la programación. El aplazamiento deberá solicitarse por escrito a la persona responsable de éstas funciones antes de las 5.00 pm del día martes de cada semana y previo estudio de las causales presentadas en la solicitud, ésta será aprobada o denegada
PARAGRAFO I
No será causal de aplazamiento de partido (s), el hecho de que jugadores y/o cuerpo técnico de un equipo sean llamados a conformar la Selección Nariño y/o Colombia.
PARAGRAFO II
La Liga no acogerá sugerencias de aplazamiento de partidos, motivada por compromisos que técnicos o jugadores adquieran para dirigir y/o jugar en más de un equipo o torneo
PARAGRAFO III
Solo se aceptará aplazamiento de partidos cuando el Entrenador de la Selección Nariño sea único responsable de su club o equipo.
ARTICULO 59
Para cada torneo, los clubes o equipos, designarán un delegado que este debidamente registrado ante la Liga en su calidad de tal, el cual será responsable de la conducta deportiva de los integrantes de su club o equipo.
ARTICULO 60
Si después de la hora fijada para la iniciación de un partido no se presenta uno de los equipos, el cuerpo arbitral esperara 10 minutos ( si son equipos del área metropolitana), o 30 minutos ( si el equipo retrasado es de fuera del área metropolitana) y si pasado este tiempo no se hace presente el equipo, el cuerpo arbitral abandonará el terreno de juego, no sin antes, registrar el hecho en la planilla oficial; el equipo ausente perderá el encuentro con un marcador de 3*0 a favor de su contrincante.
PARAGRAFO
A los representativos del municipio de Barbosa, se les concede una espera de 30 minutos, cuando jueguen en un Municipio diferente. De igual forma a los equipos que jueguen como visitante contra ellos.
ARTICUO 61
Si los equipos que se deben enfrentar no se presentan al terreno de juego, ambos se darán como perdedores en los cuadros de puntuación con un marcador de 3*0. Esta sanción no se opone a las demás de tipo disciplinario que imponga a los ausentes, el tribunal disciplinario
PARAGRAFO
Todos Los efectos reglamentarios que se apliquen en caso de un W.0, se aplicarán al equipo que se retire del terreno de juego sin que el encuentro haya concluido.
ARTICULO 62
Los integrantes del cuerpo arbitral deben estar presentes en el escenario con 20 minutos de anticipación (como mínimo), a la hora programada.
PARAGRAFO
La no presencia del cuerpo arbitral designado para un partido oficial de la Liga tendrá como consecuencia la cancelación por parte de los Jueces o el CAFSA de los costos de transporte a los equipos programados.
ARTICULO 63
Si a la hora fijada para la iniciación de un partido no se presenta uno de los Jueces Centrales, este debe ser reemplazado por quien este designado como anotador cronometrista (siempre y cuando este capacitado para hacerlo).
PARAGRAFO I
En éste caso o en el momento que un anotador cronometrista no se presente al partido, el Juez o Jueces Centrales, desarrollaran el partido nombrando a una persona que consideren capacitada para ejercer ésta función.
PARAGRAFO II
Esta decisión es de obligatorio cumplimiento por parte de los integrantes de los equipos en contienda.
ARTICULO 64
Ningún equipo podrá iniciar un partido con menos de cuatro jugadores en el terreno de juego.
PARAGRAFO
El tiempo de espera se tiene contemplado única y exclusivamente para que se reúna el mínimo de jugadores por equipo; nunca, para esperar balón, carnés o uniformes
ARTICULO 65
Si en el transcurso de un partido uno de los equipos queda con menos de 4 jugadores, el Juez Central lo dará por terminado y se otorgará un marcador de 3*0 a favor del equipo contendor.
PARAGRAFO
Si en el momento de suspenderse el partido, el resultado es favorable al equipo que esta en condiciones reglamentarias con una diferencia de 3 o más goles, el marcador quedará así. Si la sustracción de materia se presenta en ambos equipos los jueces darán por terminado el encuentro y ambos equipos se considerarán perdedores 3*0.
ARTICULO 66
En caso de duda sobre la identidad de un jugador, las autoridades del partido, (arbitral y planilleros), realizarán las diligencias que crean pertinentes al l caso e informaran por escrito a la Liga.
PARAGRAFO:
Todo integrante de comité Ejecutivo, Comisión Técnica o Comisión Disciplinaria, podrá exigir los documentos originales aun dentro del terreno de juego al deportista en duda.
ARTICULO 67
Cuando se hayan jugado 31 minutos o más del tiempo reglamentario de un partido, y por causas de fuerza mayor no se puede concluir, este se dará por terminado con el marcador que se registra al momento de la suspensión.
PARAGRAFO I
Cuando el tiempo sea inferior al previsto anteriormente, se deberá jugar el tiempo restante en sitio y hora que fije la comisión técnica de la Liga
PARAGRAFO II
Se consideran causales de fuerza mayor, las siguientes:
• Estado reglamentario de la cancha a juicio del cuerpo arbitral
• Falta de suficiente luz natural o artificial según el caso
• Falta de garantías
• Falta absoluta de balón reglamentario para la categoría
PARAGRAFO III
Cuando la suspensión sea por agresión a los jueces, el equipo agresor perderá el partido con marcador de 3*0, si va perdiendo por menos de tres goles, si pierde por más se mantiene el marcador, independiente de las acciones disciplinarias.
PARAGRAFO IV
Cuando se presente uno de los dos primeros causales de fuerza mayor a la hora de iniciar un partido, el cuerpo arbitral tiene la obligación de permanecer en el escenario por espacio de TREINTA (30) MINUTOS y al cabo de ese tiempo debe inspeccionar si se solucionó o no la anomalía para iniciar el encuentro.
ARTICULO 68
El jugador podrá actuar con su club en partidos de la categoría inmediatamente superior a la suya, pero en ningún caso, en categorías inferiores a la suya.
ARTICULO 69
La inclusión de un jugador de categoría superior en categoría inferior, es trasgresión del reglamento y el equipo infractor será sancionado de la siguiente manera:
69-1. Perdida de los puntos a favor del equipo rival
69-2. Suspensión hasta por dos años del director técnico o entrenador responsable
69-3. Suspensión hasta por un año del jugador comprometido
PARAGRAFO
Para la aplicación de esta norma no hay extemporaneidad ni se requiere demanda por parte del equipo; el tribunal deportivo actuará de oficio
ARTICULO 70
Los jugadores que inscritos en una categoría actúen 10 partidos o más en la categoría superior durante el mismo año deportivo, serán ascendidos a la misma, para el año deportivo siguiente
ARTICULO 71
Para los partidos oficiales cada equipo debe presentar y tener durante el partido, un balón reglamentario para el juego, corresponde al cuerpo arbitral la escogencia del mismo.
PARAGRAFO I
Equipo que no presente balón reglamentario para su categoría, pierde el partido con un marcador 1*0.
PARAGRAFO II
Si ninguno de los equipos presenta balón, el partido no se realizará y ambos equipos se declararan perdedores 1*0
ARTICULO 72
Si iniciando un partido, este no se puede concluir por falta absoluta de balón reglamentario y los dos equipos han cumplido con la exigencia del artículo 71, se aplicaran las disposiciones del artículo 67 del reglamento.
CAPITULO XIV
SELECCIÓN NARIÑO
ARTICULO 73
El llamado a formar parte de la seleccion Nariño es indeclinable, salvo justa causa debidamente aceptada por la comisión técnica de la Liga.
ARTICULO 74
Las convocatorias a los diferentes seleccionados se harán por intermedio de la Comisión Técnica en común acuerdo con el cuerpo de administración y debidamente notificado mediante resolución al club o equipo respectivo.
ARTICULO 75
Los jugadores seleccionados tienen la obligación de someterse a los planes de preparación que elabore el cuerpo técnico designado.
ARTICULO76
La negativa a colaborar como integrante del seleccionado de Nariño y todo brote de indisciplina, será sancionado hasta por dos años en su club o en selecciones Departamentales o Nacionales, previo estudio por parte del tribunal disciplinario.
ARTICULO 77
Si un club sin causa justificada impide la inclusión o actuación de sus jugadores en los seleccionados de Nariño, se hará acreedor a que el órgano de administración de la Liga, ordene su desafiliación y declare libres a todos los jugadores que el club tenga inscritos en la Liga.
PARAGRAFO
En caso de que sean equipos o entes municipales de deporte, se dará traslado al tribunal disciplinario para que aplique las sanciones del caso.
ARTICULO 78
Todo club, equipo o ente municipal de deportes que aporte jugadores a la selección Nariño, tendrá derecho a inscribir un jugador adicional por cada dos que aporte a la selección siempre y cuando la concentración del seleccionado sea mayor de setenta días.
CAPITULO XV
DISPOSICONES VARIAS
ARTICULO 79
Los delegados que no se hagan presentes en el congreso técnico aceptarán de antemano las decisiones que se tomen en el mismo.
ARTICULO 80
Todo equipo se deberá presentar en la cancha debidamente uniformado (Camiseta, Pantaloneta y medias), con numeración en el pecho y en la espalda del 1 al 20 y el capitán deberá tener un distintivo que lo acredite como tal.
PARAGRAFO
Según el reglamento de la Asociación Mundial de Fútbol de Salón., los integrantes del cuerpo técnico, se deben presentar al terreo de juego con sudadera o en su defecto con pantalón.
ARTICULO 81
Cuando la disolución de un club o equipo sea motivado por la indisciplina de uno o varios de sus jugadores y comprobada por la Liga, los directores del club o equipo conservarán el derecho a imponer sanciones a los responsables.
ARTICULO 82
La comisión técnica designará las canchas donde se realizarán los partidos y estos escenarios deben cumplir con los requerimientos del reglamento de la asociación mundial de fútbol de salón.
ARTICULO 83
Si el cuerpo arbitral designado para un encuentro, determina que el escenario esta en condiciones realizar el partido, este debe jugarse así los equipos consideren lo contrario; el equipo que no acceda a jugar, se declarará perdedor por W0.
ARTICULO 84
Lo no contemplado en este reglamento será dirimido con plena autonomía por le Comité Ejecutivo de la Liga.
CAPITULO XVI
VIGENCIA
ARTICULO 85
El presente compendio de normas tiene vigencia a partir de su fecha de expedición y deroga todas las normas anteriores.
Dado en San Juan de Pasto a los veinte siete (27) días del mes de abril del dos mil siete (2007)
OSCAR JAVIER GAMBOA PEREZ
2 comentarios:
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